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Consejo Estatal de la PYME y Observatorio Estatal de la Morosidad
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¿Qué es el Consejo Estatal de la PYME?
El Consejo Estatal de la Pequeña y la Mediana Empresa es un órgano colegiado de carácter
consultivo, asesor y de colaboración en las materias que afectan a las pymes para favorecer y facilitar su creación, crecimiento y desarrollo de ventajas competitivas.
Está adscrito al
Ministerio de Industria y Turismo, a través de la
Secretaría de Estado de Industria.
El Consejo Estatal de la PYME desempeña las siguientes
funciones:
- Realizar el
seguimiento de la evolución, problemas y políticas que afectan a las pequeñas y medianas empresas para formular, en su caso, las recomendaciones y propuestas necesarias de cara a incrementar su número, actividad y competitividad.
-
Informar con carácter previo el Plan plurianual de apoyo a la PYME.
- Formular
recomendaciones para la coordinación de los distintos programas de apoyo a la PYME, llevados a cabo por los distintos organismos competentes, y armonizar criterios de prestación de servicios y de apoyo a la PYME.
- A través de
informes y estudios, realizar un seguimiento y una evaluación de la aplicación en España de la "Small Business Act para Europa - SBA" (Ley de la Pequeña Empresa) que permita conocer la evolución, entre otras, de las políticas dirigidas a facilitar el acceso de las PYME a la financiación, a la internacionalización, a la innovación, a la contratación pública, a las tecnologías de la información y la comunicación, así como a la reducción de las cargas administrativas que les afectan.
-
Analizar las prácticas europeas e internacionales de apoyo a la PYME y su transferibilidad a España, orientando a los poderes públicos en la aplicación del marco jurídico comunitario, de manera que se facilite una mayor actividad para las PYME.
- Contribuir a la valoración, reconocimiento y desarrollo de la función empresarial ante los medios de comunicación, en el entorno educativo y en la sociedad en general.
- Informar acerca de
proyectos normativos.
- El
seguimiento y evaluación de la evolución del
comportamiento de pago de las empresas a través del análisis del informe anual elaborado por
el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada sobre la situación de los plazos de pago y la morosidad en las transacciones comerciales del sector privado.
El Consejo Estatal está integrado por los siguientes
miembros:
-
Presidencia: la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo, D. Jordi Hereu Boher.
-
Vicepresidencia primera: la persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, D. Carlos Cuerpo Caballero.
-
Vicepresidencia segunda: la persona titular del Ministerio de Hacienda, Dª María Jesús Montero Cuadrado.
-
Dieciocho vocalías en representación de los
Departamentos ministeriales de la Administración General del Estado
-
Siete vocalías en representación de otras
entidades dependientes de la Administración General del Estado.
-
Una vocalía en representación de cada comunidad autónoma, otra de Ceuta y otra de Melilla.
-
Una vocalía en representación de la Cámara de Comercio de España.
- Además, organizaciones empresariales de ámbito intersectorial, estatal y autonómico, organizaciones sindicales de ámbito estatal, la confederación empresarial de economía social con mayor implantación en el ámbito estatal, asociaciones u otras organizaciones especializadas en el ámbito de la morosidad más representativas, dispondrán de vocalías en el Consejo Estatal.
Estructura y Funcionamiento
El Consejo funciona a través de
dos órganos: el
Pleno y la
Comisión Permanente.
- El
Pleno, que está integrado por todos sus miembros y actúa como
órgano consultivo y asesor en las materias que afectan a las pymes, además:
- Favorece el diálogo y la intercomunicación de las distintas administraciones públicas y de los agentes económicos y sociales en orden a dotar de una mayor racionalidad y eficacia a las políticas dirigidas a las pymes.
- Formula propuestas de actuación a las Administraciones Públicas competentes y recomendaciones a los agentes intermedios y agentes sociales y a las pymes, para mejorar el crecimiento, la eficiencia y la productividad de estas empresas.
- Favorece el cambio de mentalidad en las distintas Administraciones Públicas y de los agentes económicos y sociales para aprovechar todo el potencial de las pymes.
- De igual modo, está prevista también la constitución de los Grupos de Trabajo que el Pleno considere oportunos para el desarrollo de las funciones del Consejo Estatal.
- La
Comisión Permanente tiene la misión de:
- Coordinar los trabajos encomendados por el Pleno y velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el mismo.
- Resuelve las cuestiones de urgencia que se planteen al Consejo Estatal de la PYME.
- Propone al Presidente del Pleno del Consejo el orden del día de las sesiones.
- Propone al Pleno la creación de los Grupos de Trabajo que se consideren oportunos para el cumplimiento de las funciones del Consejo Estatal.
- Además de los asuntos que le encomiende el Pleno.
Reunión 17.03.2022
Reunión 14.12.2020
Reunión 30.06.2020
¿Qué es el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada?
Es un
órgano colegiado en el marco del Consejo Estatal de la PYME, adscrito al Ministerio de Industria y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Industria.
- El seguimiento de la evolución de los periodos medios de pago y la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas, en aplicación de la regulación europea y nacional, teniendo en cuenta la legislación sectorial aplicable en cada caso.
- La elaboración del informe anual sobre la situación de los plazos de pago y de la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas privadas.
- La elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas comerciales, campañas de concienciación, formación e información, con el fin de contribuir a generar una cultura de pagos responsable, incluyendo referencias a las mejores prácticas de los países de nuestro entorno.
- El seguimiento y aplicación de las directrices de la Unión Europea en esta materia y, en su caso, las del Observatorio Europeo de la Morosidad.
- La elaboración, resolución y publicación anual del listado de empresas que hayan incumplido los plazos de pago.
- Avanzar en el diagnóstico, análisis y evaluación de los efectos que se derivan de las malas prácticas de pago (dificultades financieras e insolvencia), así como de los indicadores, metodologías y fuentes de información cuantitativas o cualitativas (a partir de datos estadísticos, encuestas, entrevistas, etc.), priorizando los sectores con peor comportamiento de pago.
- Promover la adopción de sistemas de resolución de conflictos a través de la mediación y el arbitraje y el estudio de instrumentos financieros que permitan una mejor gestión de los pagos.
- Cualesquiera otras funciones que establezca la Presidencia del Consejo dentro de su ámbito de competencias.