La creación y el crecimiento de las empresas tienen un papel fundamental en el desarrollo económico y el aumento de la productividad de nuestro país ya que generan un valor añadido en todos los sectores de la economía. El aumento del tamaño empresarial, su sostenibilidad y el impulso al emprendimiento vienen siendo señalados por diferentes estudios como los factores clave para aumentar el crecimiento potencial de España y reducir la intensidad de las fluctuaciones cíclicas, ya que se refuerza el tejido económico y social y su resiliencia a largo plazo.
En este proceso evolutivo, uno de los factores que dificulta el crecimiento de las empresas, muy en particular el de la PYME, es el
retraso en los plazos de pago a proveedores pudiendo llegar a entrar en el concepto de
morosidad, entendida como el
incumplimiento de una obligación de pago a tiempo: superación del plazo de pago máximo de 60 días para empresas privadas y de 30 días en el caso de las Administraciones Públicas, según establece la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, posteriormente modificada por la Ley 15/2010.
Las empresas de
menor tamaño son las que sufren en mayor medida el
incumplimiento de los plazos de pago. Las grandes empresas cuentan con una posición de fortaleza frente al proveedor, especialmente si se trata de una pequeña empresa, y son éstas las que presentan índices de morosidad y plazos de pago más elevados. Así, las empresas de menor tamaño tienen que compensar el coste financiero y la incertidumbre generada por estas prácticas, influyendo negativamente sobre sus proyectos, capacidad de inversión y solvencia, y debiendo recurrir a la contratación temporal.
Concretamente, entre las principales consecuencias de los retrasos en los pagos podemos mencionar la
necesidad adicional de financiación, el incremento de costes financieros, la reducción de los márgenes, la pérdida de clientes o el empeoramiento de la solvencia empresarial.
Por su parte, la
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece), es una de las reformas regulatorias recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y tiene entre sus objetivos
la reducción de la morosidad comercial. En concreto, el Capítulo IV de dicha Ley recoge medidas para la lucha contra la morosidad comercial, la cual supone un lastre importante para la economía española, muy especialmente para la PYME. A pesar de los años transcurridos desde la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, las prácticas de pago con demoras excesivas siguen estando extendidas en nuestro país.
La
morosidad en el pago de deudas entre empresas, al igual que entre éstas y las Administraciones Públicas, es objeto de regulación por la
Unión Europea en la Directiva 2011/7/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. La adaptación definitiva a esta última Directiva se realiza a través de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
La
Directiva sobre morosidad (Directiva 2011/7/UE) establece un conjunto común de normas destinadas a luchar contra la morosidad en las operaciones comerciales entre empresas y entre poderes públicos y empresas mediante la normalización de las condiciones de pago, los tipos de interés y la compensación de los costes de cobro. La visión de la Directiva, tal como se recuerda en su considerando 12, es promover un «cambio decisivo hacia una cultura de pago sin demora» en el entorno empresarial de la UE.
La Directiva afecta a toda operación comercial de adquisición de bienes y servicios realizada entre empresas y entre poderes públicos y empresas (contratación pública). Se calcula que cada año se intercambian entre 18 000 y 40 000 millones de facturas en la UE, más de 500 por segundo. Según las evaluaciones indicadas anteriormente, menos del 40 % de estas facturas se pagan a tiempo. El objeto de la presente Directiva tiene, por tanto, una dimensión a escala de la UE, ya que los pagos en operaciones comerciales constituyen la esencia misma de un
mercado único.
La
evidencia recopilada indica
que la morosidad en los pagos es la segunda barrera más crítica para el crecimiento y para la doble transición hacia modelos comerciales sostenibles y digitales (la mayor barrera son las cargas administrativas). Los retrasos en los pagos provocan despidos, obstaculizan el empleo y afectan el crecimiento y el comercio transfronterizo y afectan la capacidad de las empresas para invertir en soluciones ecológicas y sostenibles. Según el
European Payment Report 2022, casi el 70 % de las empresas considera que los retrasos en los pagos son una barrera para su transición ecológica. La morosidad da lugar a despidos, dificulta el empleo y afecta al crecimiento y al comercio transfronterizo.
Por lo tanto, el impacto probable y directo de la cultura de pago sin demora se basa en dos afirmaciones:
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Los pagos más rápidos reducen los costes de financiación y aumentan el flujo de caja. Cada día de reducción de los retrasos en los pagos ahorra 158 M€ en costes de financiación para las empresas de la UE y aumenta su flujo de caja en un 0,9 %. Las empresas informan que el flujo de efectivo reducido es un elemento central en sus estrategias de inversión y creación de empleo y, cuando es grave, el flujo de efectivo irregular pone en peligro la viabilidad de la empresa misma.
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El pago puntual también tiene un impacto directo en el empleo. El estudio del JRC de 2017 concluyó que los pagos puntuales por parte del sector público aumentan el empleo en un 0,7 % para aquellos sectores que dependen en gran medida de los contratos con la administración pública. Esto significa 900.000 empleos más en esos sectores.