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Descripción
Se trata de un impreso que ha de cumplimentarse obligatoriamente ante la aduana para los intercambios de mercancías (importaciones y exportaciones) entre los países miembros de la Unión Europea y terceros países.
Se declaran las mercancías: su valor, la clase, la cantidad, su origen y destino, pesos, tipo de cambio, etc.
Utilización del DUA
Se empleará para la declaración ante los servicios de Aduanas de:
Normativa
Resolución de 11 de julio de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del documento único administrativo (DUA).
Lugar
Direcciones de la Agencia Tributaria para Aduanas e Impuestos Especiales
Plazo
Se debe emitir en cada expedición.
Documentación
Documento Único Administrativo, DUA
Generalmente deberán adjuntarse los siguientes documentos:
Procedimiento electrónico
Sede electrónica de la AEAT (se requiere certificado electrónico): Presentación telemática de Documento Único Administrativo (DUA).
Tipo
Obligatorio (existen simplificaciones en el comercio con las Islas Canarias).