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Filtrar por sección -- Todas las secciones -- Ayudas y bonificaciones Tipos de contratos Información general
¿Puedo cobrar el paro en un pago único?
Puede cobrar el paro en un pago único, con las siguientes limitaciones:
Puede obtener más información al respecto en la página del SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal).
¿Existe alguna bonificación para la contratación de mujeres?
El Instituto de la Mujer dispone del Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM) para dar cobertura a las iniciativas de la mujer emprendedora.
Además la Dirección General de Industria y de la PYME le ofrece información actualizada de los programas de ayudas e incentivos para la mujer, convocados por las administraciones públicas y organismos relacionados.
Ayudas para mujeres emprendedoras - Programa PAEM
¿Existe alguna bonificación para contratación de personal? ¿y personal desempleado?
Bonificaciones/Reducciones a la contratación laboral (Cuadro resumen de normativa vigente) (fuente el Servicio Público de Empleo)
La Dirección General de Industria y de la PYME le ofrece información actualizada de ayudas e incentivos a la contratación convocados por las Administraciones Públicas y organismos relacionados.
¿Un trabajador por cuenta ajena tiene derecho a paro siendo socio de una SRL?
Por ser socio capitalista de una Sociedad de Responsabilidad Limitada no pierde los derechos que pudieran corresponderle como trabajador por cuenta ajena.
¿Es posible simultanear el trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena?
No hay ningún impedimento legal, salvo si hubiera firmado una cláusula de exclusividad con la empresa en la que trabaja o estuviera sometido a las incompatibilidades exigidas al personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En relación a la Seguridad Social, deberá cotizar en el RETA por su trabajo de autónomo y en el régimen general por el trabajo por cuenta ajena. Este es un supuesto de pluriactividad.
En la Ley de apoyo al emprendedor se establecen medidas que reducen la carga de cotización en los supuestos de pluriactividad (ver artículo 28).
Los trámites para establecerse como Autónomo se pueden realizar de dos formas telemáticamente (con el sistema CIRCE) o presencialmente.
¿Cómo y dónde deben presentarse los contratos de trabajo?
Contrat@ es un servicio web que permite a los empresarios y a las empresarias que actúan en nombre propio y a las empresas y profesionales colegiados que actúen en representación de terceros, comunicar el contenido de la contratación laboral a los Servicios Públicos de Empleo desde su propio despacho o sede profesional.
La utilización de este servicio requiere disponer de una Autorización de los Servicios Públicos de Empleo. Para ello, se deberá cumplimentar la Solicitud de Autorización y presentarla con la documentación precisa en dichos Servicios Públicos. Una vez concedida la Autorización, se podrá acceder a Contrat@ bien con Certificado Digital o DNI electrónico, o con el Identificador de la Empresa y la clave personal que se asignó al realizar la Solicitud.
Más información: Servicio Público de Empleo Estatal
¿Un empresario Autónomo puede contratar personal?
Sí. Todos los trámites necesarios y los tipos de contrato existentes se pueden encontrar en el portal PYME.
¿Quién puede mediar en conflictos laborales?
Esta Dirección General no tiene competencias sobre conflictos laborales. Esta función está transferida a las Consejerías de Empleo de las CC.AA. dónde le informarán de los procesos a seguir.
¿Cómo se puede realizar un contrato en prácticas?
El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional. (ver contratos de trabajo en prácticas).