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Baja de los trabajadores contratados
Descripción
Con el cese y/o extinción de la empresa se extinguen las relaciones laborales. Las empresas deberán comunicar la baja del régimen de cotización correspondiente de los trabajadores que tuvieran contratados
Organismo
Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en la que se practicó la inscripción de los trabajadores (ver relación de oficinas).
Plazo
Tres días naturales siguientes a aquel en que se produzca el cese
Documentación
Modelo Oficial: TA.2.S
Procedimiento electrónico
Sistema RED (requiere certificado digital)
Acceso al sistema RED:
Tipo
Obligatorio